{"id":231,"date":"2007-11-17T16:15:00","date_gmt":"2007-11-17T16:15:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.amexpas.net\/articulos\/?p=231"},"modified":"2019-11-17T04:25:04","modified_gmt":"2019-11-17T04:25:04","slug":"propuesta-en-el-senado-de-la-republica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.amexpas.net\/articulos\/propuesta-en-el-senado-de-la-republica\/","title":{"rendered":"Propuesta en el Senado de la Rep\u00fablica"},"content":{"rendered":"\n<div class=\"wp-block-columns is-layout-flex wp-container-core-columns-is-layout-9d6595d7 wp-block-columns-is-layout-flex\">\n<div class=\"wp-block-column is-layout-flow wp-block-column-is-layout-flow\">\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter size-large\"><img decoding=\"async\" src=\"http:\/\/amexpas.net\/publicaciones\/images\/senad1.jpg\" alt=\"\"\/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-center\"> <strong>PRESIDENTE<\/strong><br>Fernando Elizondo Barrag\u00e1n\u00a0<strong>PAN<\/strong> <\/p>\n<\/div>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-column is-layout-flow wp-block-column-is-layout-flow\">\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter size-large\"><img decoding=\"async\" src=\"http:\/\/amexpas.net\/publicaciones\/images\/senad2.jpg\" alt=\"\"\/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-center\"> Sen. Ludivina Menchaca Castellanos<br><strong>Por el Estado de Quintana Roo<\/strong> <\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\">CC. SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA<\/h4>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\">C\u00c1MARA DE SENADORES DEL H. CONGRESO DE LA UNI\u00d3N<\/h4>\n\n\n\n<p><strong>P R E S E N T E<\/strong>&nbsp;<br>Los suscritos, Senadores de la Rep\u00fablica de la LX Legislatura del H. Congreso de la Uni\u00f3n, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de M\u00e9xico, con fundamento en lo dispuesto por el art\u00edculo 71 fracci\u00f3n II y 72 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos; 55 fracci\u00f3n II, 56, y dem\u00e1s relativos del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideraci\u00f3n de esta Honorable Asamblea, la siguiente Iniciativa con Proyecto de Decreto de reformas y adiciones a la Ley General de Educaci\u00f3n, al tenor de la siguiente:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>EXPOSICI\u00d3N DE MOTIVOS<\/strong>&nbsp;<br>Mucho se habla de los ni\u00f1os con aptitudes especiales pero pocas personas saben realmente sobre ellos. El tema est\u00e1 rodeado de mitos y estereotipos que la sociedad ha ido armando entorno a este tema. La realidad concreta es que cuando un padre descubre o intuye que los problemas de conducta de su hijo son producto de un desarrollo intelectual superior, se encuentra que las instituciones educativas poco saben del tema o en la mayor\u00eda de los casos no tienen las herramientas o recursos necesarios para abordarlo.<\/p>\n\n\n\n<p>Los ni\u00f1os y adolescentes con coeficiente intelectual superior al 98% de la poblaci\u00f3n estudiantil o con talentos especiales, se caracterizan por sus excepcionales y extraordinarias capacidades de aprendizaje, retenci\u00f3n, curiosidad intelectual y creatividad, pero dichas caracter\u00edsticas se van perdiendo si no son debida y oportunamente estimuladas.<\/p>\n\n\n\n<p>Estos ni\u00f1os y adolescentes requieren adem\u00e1s, de un adecuado ambiente familiar y, fundamentalmente, de la prestaci\u00f3n de servicios educativos y psicol\u00f3gicos adecuados para procurar su formaci\u00f3n integral y el desarrollo de todas sus capacidades cient\u00edficas, t\u00e9cnicas, human\u00edsticas y art\u00edsticas. Tambi\u00e9n constituyen un elemento importante para lograr el desarrollo del pa\u00eds a trav\u00e9s de la investigaci\u00f3n cient\u00edfica y de la innovaci\u00f3n tecnol\u00f3gica, dada sus facultades y potencialidades gen\u00e9ticas.<\/p>\n\n\n\n<p>La primera falacia entre la gente inexperta surge de la misma denominaci\u00f3n. A este tipo de ni\u00f1os se les llama genios, talentosos, superdotados, prodigios, superdotados o sobredotados, sin considerar que cada uno de estos t\u00e9rminos define un tipo diferente.<\/p>\n\n\n\n<p>Los t\u00e9rminos superdotaci\u00f3n y alta capacidad intelectual son utilizados como sin\u00f3nimos, salvo que se especifique alta capacidad en un \u00e1rea espec\u00edfica. Con respecto a los t\u00e9rminos talentoso y superdotado existen dos claras posturas, una de ellas utiliza el t\u00e9rmino talentoso para definir tanto a aquel que alcanza una alta habilidad intelectual general, como a aquel que alcanza una alta habilidad en un \u00e1rea espec\u00edfica. La otra postura diferencia claramente al superdotado como aquel que demuestra una alta habilidad intelectual general, alcanzando un desempe\u00f1o acad\u00e9mico parejo superior a la media. Y define al ni\u00f1o talentoso como aquel que demuestra una alta habilidad espec\u00edfica, en un \u00e1rea acad\u00e9mica o art\u00edstica. En casi todo Latinoam\u00e9rica prevalece la segunda postura por sobre la primera.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, con los avances en las investigaciones psicol\u00f3gicas se ha intentado ampliar el concepto de superdotado a trav\u00e9s de la inclusi\u00f3n de otras dimensiones de habilidades, definiendo as\u00ed a los ni\u00f1os dotados y talentosos como \u00abaquellos identificados por personas profesionales calificadas quienes, por virtud de habilidades destacadas, son capaces de un alto rendimiento&#8230;\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Los ni\u00f1os capaces de un alto rendimiento incluyen aquellos con demostradas realizaciones, logros y\/o habilidad potencial en cualquier de las siguientes \u00e1reas: habilidad intelectual general, aptitud acad\u00e9micas espec\u00edficas, pensamiento creativo y productivo, habilidad para el liderazgo, artes visuales y entrenamiento f\u00edsico. Sin embargo, nuestra legislaci\u00f3n hace referencia a todos estos casos como&nbsp;<strong>individuos con aptitudes sobresalientes.<\/strong>&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>A partir de estas definiciones tambi\u00e9n se plantea la necesidad de que estos ni\u00f1os tengan programaseducacionales diferenciales de los programas regulares, pero que a su vez esa diferenciaci\u00f3n no vaya en detrimento de la correcta integraci\u00f3n del ni\u00f1o con su medio. Es as\u00ed que se habla de integraci\u00f3n y de adecuaci\u00f3n de sus estudios permitiendo el normal desempe\u00f1o del ni\u00f1o en el \u00e1mbito educativo y d\u00e1ndole una certificaci\u00f3n de estudios de acuerdo a sus conocimientos adquiridos.&nbsp;<strong>Esta idea es la principal motivaci\u00f3n de la presente iniciativa.<\/strong>&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Otro importante eje de definici\u00f3n es el planteado por el Dr. Joseph Renzulli, director del National Research Center on the Gifted and Talented en EE.UU., que define que hay dos categor\u00edas de personas superdotadas. Un grupo llamado \u00absuperdotado de colegio\u00bb y otro llamado \u00absuperdotado creativo- productivo\u00bb. Esta divisi\u00f3n surge a partir de la utilizaci\u00f3n de los test de inteligencia como \u00fanica manera de detectar la superdotaci\u00f3n. Dejando, con ello, de lado a un grupo con una alta motivaci\u00f3n por la tarea y un pensamiento divergente que tambi\u00e9n entra dentro del concepto de superdotaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>A nivel internacional varios son los sistemas educativos que ya han ido integrando y sumando en sus curr\u00edculas herramientas necesarias para potenciar el desarrollo pleno de los ni\u00f1os con talentos especiales.<\/p>\n\n\n\n<p>El sistema educativo espa\u00f1ol define tres elementos decisivos en el desarrollo curricular que son de importancia para una correcta educaci\u00f3n de los alumnos con altas capacidades:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li><em>\u00ab1. Autonom\u00eda para la concreci\u00f3n curricular por parte de los centros docentes. Se establecen por decreto las ense\u00f1anzas m\u00ednimas que deben cubrirse en todo el Estado, pero cada centro puede adecuar su curr\u00edculo a su idiosincrasia. De esta forma se posibilita la atenci\u00f3n a la diversidad del alumnado.<\/em>&nbsp;<\/li><li><em>2. Decisiones metodol\u00f3gicas del profesorado. Nada est\u00e1 regulado con car\u00e1cter obligatorio, sino que es el claustro del centro el que decide la metodolog\u00eda que va a aplicar, en funci\u00f3n, de las propuestas educativas formuladas.<\/em>&nbsp;<\/li><li><em>3. Modelo de evaluaci\u00f3n propuesto en coherencia con los anteriores puntos\u00bb.<\/em>&nbsp;<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>A pesar de ser medidas relativamente recientes, el sistema educativo espa\u00f1ol busca promover un equilibrado desarrollo de los distintos tipos de capacidades establecidas en los objetivos generales de las diferentes etapas escolares.<br><br>Las medidas son permanentemente evaluadas con la finalidad de que si el alumno no alcanza los objetivos previstos, se suspendan. La coordinaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n con los padres o tutores es permanente y constante. Sin embargo, la reducci\u00f3n del per\u00edodo de escolarizaci\u00f3n s\u00f3lo es recomendable cuando, despu\u00e9s de los estudios correspondientes, se considera la mejor medida a tomar para garantizar el desarrollo intelectual, la afectividad y la integraci\u00f3n social del alumno.<br><br>Es importante se\u00f1alar que buscamos que el ni\u00f1o superdotado se desarrolle dentro del medio al cual pertenece y con su n\u00facleo afectivo, no fuera de \u00e9l.<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\">Algunos ejemplos de la experiencia latinoamericana:<\/h4>\n\n\n\n<p>1)&nbsp;<strong>Chile<\/strong>. A partir de los a\u00f1os noventa surgen iniciativas para atender a los ni\u00f1os con talentos especiales. La educaci\u00f3n especial se caracteriza por constituir un sistema flexible y din\u00e1mico, que desarrolla su acci\u00f3n preferentemente en el sistema regular de educaci\u00f3n. Entregando servicios y recursos especializados a aquellos ni\u00f1os y j\u00f3venes que presentan necesidades educativas especiales, ya sean derivadas o no de una discapacidad en todos los niveles o en alguna modalidad del sistema escolar.<\/p>\n\n\n\n<p>Uno de los primeros programas comenz\u00f3 en el a\u00f1o 1993, en la Facultad de Matem\u00e1ticas de la Pontificia Universidad Cat\u00f3lica de Chile. Este programa piloto y pionero en la identificaci\u00f3n y desarrollo de talentos acad\u00e9micos, tuvo como objetivo detectar a ni\u00f1os de nueve y diez a\u00f1os con habilidades matem\u00e1ticas, para ofrecerles una educaci\u00f3n complementaria durante su educaci\u00f3n escolar.<\/p>\n\n\n\n<p>Las investigaciones en el tema de la educaci\u00f3n de ni\u00f1os con talento acad\u00e9mico en Chile han tenido tres enfoques diferentes: uno en el campo del conocimiento espec\u00edfico, otro en el \u00e1mbito afectivo y el \u00faltimo relacionado con la evaluaci\u00f3n de programas.<\/p>\n\n\n\n<p>2)&nbsp;<strong>Brasil.<\/strong>&nbsp;La atenci\u00f3n especializada data de comienzos de la d\u00e9cada del setenta. En 1971, se sanciona la Ley Nacional de Educaci\u00f3n en donde se contempla un tratamiento especial no solo para alumnos con deficiencias sino tambi\u00e9n para aquellos que presentan una habilidad superior. En las recomendaciones b\u00e1sicas que la ley instituye se busca la promoci\u00f3n de un diagn\u00f3stico precoz; la organizaci\u00f3n de un sistema educativo espec\u00edfico; la capacitaci\u00f3n de los actores involucrados y la adopci\u00f3n de un concepto operativo de la sobredotaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>A pesar de ello, un an\u00e1lisis del panorama actual de la educaci\u00f3n para talentosos en Brasil, indica que diversas iniciativas son urgentes para que se puedan desarrollar los talentos de los alumnos. Se hace preciso mejorar el entrenamiento de consejeros, profesores, grupos soporte de padres, as\u00ed como potenciar la inclusi\u00f3n de alumnos y de cursos de graduaci\u00f3n en el \u00e1rea de educaci\u00f3n para superdotados y talentosos en el curr\u00edculo universitario. Tambi\u00e9n hace falta una mayor informaci\u00f3n dirigida a padres, profesores y alumnos y una explicaci\u00f3n sobre los servicios y programas ofrecidos sobre los superdotados.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Derivado de esta experiencia, aunado a las peticiones de organizaciones civiles como la Fundaci\u00f3n TeleGenio que tienen por objeto apoyar a estos ni\u00f1os y j\u00f3venes con capacidades intelectuales que se encuentran muy por encima del promedio (98%), as\u00ed como a sus familias, es que consideramos necesario adecuar el marco normativo en materia de educaci\u00f3n especial para contribuir al desarrollo de los individuos que se encuentran en dicho supuesto.<\/strong>&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>En este orden de ideas, concientes, por un lado, de lo apremiante de la situaci\u00f3n en que se encuentran los ni\u00f1os sobresalientes por falta de apoyos reales para encontrar un medio en el que logren desarrollar al m\u00e1ximo sus capacidades y, por otro, de las limitaciones de nuestro sistema educativo, principalmente en el \u00e1mbito econ\u00f3mico, queremos enfocarnos en principio al establecimiento de facilidades que la autoridad debe otorgar a estos ni\u00f1os para que contin\u00faen sin problemas burocr\u00e1ticos sus estudios.<\/strong>&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Por todo lo anterior, en la presente iniciativa proponemos que en el caso de aquellos individuos con aptitudes sobresalientes, la autoridad educativa federal debe aplicar los ex\u00e1menes que considere necesarios para acreditar si los alumnos cuentan con esas aptitudes. Asimismo, la Federaci\u00f3n, las entidades federativas y los municipios, sus organismos descentralizados, las instituciones de educaci\u00f3n superior a las que la ley otorga autonom\u00eda, as\u00ed como los particulares con autorizaci\u00f3n o con reconocimiento de validez oficial de estudios, deben otorgar la certificaci\u00f3n y acreditaci\u00f3n de estudios a los individuos que as\u00ed lo soliciten, previa realizaci\u00f3n y aprobaci\u00f3n de los ex\u00e1menes de conocimientos que al efecto se apliquen a los interesados, sin que la edad de los mismos sea un impedimento para ello.<\/p>\n\n\n\n<p>Al respecto, debemos decir que hasta el momento nuestro pa\u00eds no ha podido potencializar y aprovechar debidamente las capacidades intelectuales de aquellas personas con un alto coeficiente intelectual, los mismos que constituyen un elemento importante para el desarrollo de la investigaci\u00f3n cient\u00edfica, la innovaci\u00f3n tecnol\u00f3gica y el avance cultural de M\u00e9xico. En el sector educaci\u00f3n no ha existido una adecuada pol\u00edtica educativa orientada a desarrollar al m\u00e1ximo las aptitudes cient\u00edficas, t\u00e9cnicas, human\u00edsticas y art\u00edsticas de estos ni\u00f1os y j\u00f3venes, por ello se ven en la necesidad, los que pueden, de buscar educaci\u00f3n principalmente en escuelas en el extranjero.<\/p>\n\n\n\n<p>Para nadie es nuevo que se ha prestado mayor atenci\u00f3n a la educaci\u00f3n especial requerida por los ni\u00f1os y j\u00f3venes con problemas sensoriales, mentales y f\u00edsicos, descuidando las necesidades educativas especiales que requieren los educandos con coeficiente intelectual superior a lo normal, gran parte de ellos, lamentablemente dispersos en el sistema educativo regular. Estad\u00edsticamente hablando, en el a\u00f1o 2003 exist\u00edan 715,920 individuos dentro del sistema educativo nacional presuntamente superdotados, de los cuales fueron atendidos \u00fanicamente 4,893 es decir, el 0.6% de la poblaci\u00f3n objetivo.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otro lado, las modernas concepciones cient\u00edficas sobre la inteligencia humana, como la Teor\u00eda de las Inteligencias M\u00faltiples (H. Gardner), el Modelo de Interdependencia Tri\u00e1dica (F. Monks) y el Modelo de tres anillos (J. Renzulli), sostienen que el modelo te\u00f3rico tradicional de altos coeficientes intelectuales de inteligencia, es muy restrictivo para detectar genialidad en las personas, por la misma naturaleza din\u00e1mica de la inteligencia humana y por cuanto hay personas con extraordinarias y excepcionales aptitudes o capacidades que no tienen un alto coeficiente intelectual; siendo el t\u00e9rmino m\u00e1s apropiado para referirnos a todas aquellas personas que destacan de lo normal por su genialidad el de \u00abpersonas con facultades talentosas sobresalientes\u00bb. En consecuencia, la educaci\u00f3n especial no deber\u00eda ser exclusiva para los ni\u00f1os y j\u00f3venes con inteligencia superior al promedio, sino tambi\u00e9n para todos aquellos que presenten aptitudes sobresalientes en el campo de las ciencias, las letras, las artes, relaciones humanas y deportes; es decir, que destacan sobre lo normal en habilidades espec\u00edficas.<\/p>\n\n\n\n<p>Habida cuenta que los ni\u00f1os y j\u00f3venes con coeficiente intelectual superior a lo normal o con facultades talentosas sobresalientes se caracterizan por sus excepcionales y extraordinarias capacidades de aprendizaje, retenci\u00f3n, curiosidad intelectual y creatividad, pero cuyas caracter\u00edsticas se pierden si no son debida y oportunamente estimulados; es necesario procurarles un \u00f3ptimo ambiente familiar y, principalmente, servicios educativos y psicol\u00f3gicos adecuados para el desarrollo de sus capacidades.<\/p>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan las opiniones recibidas por especialistas en este \u00e1mbito, los ni\u00f1os y j\u00f3venes talentosos deber\u00edan recibir ense\u00f1anza individual o en grupos peque\u00f1os de estudiantes debido a que el ritmo de aprendizaje de \u00e9stos es extremadamente r\u00e1pido en comparaci\u00f3n con otros estudiantes normales, y siempre bajo la responsabilidad de un personal docente calificado, con conocimientos b\u00e1sicos de Psicolog\u00eda y, de ser posible, con las mismas aptitudes de sus educandos.<\/p>\n\n\n\n<p>De esta manera es que consideramos que no se deber\u00eda limitar la educaci\u00f3n de los ni\u00f1os y j\u00f3venes con facultades talentosas sobresalientes a una de car\u00e1cter estrictamente cient\u00edfico; siendo necesario procurar la formaci\u00f3n integral y el desarrollo de todas sus capacidades o aptitudes y teniendo en cuenta no s\u00f3lo el aspecto cognoscitivo, sino tambi\u00e9n el art\u00edstico, deportivo, social y afectivo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Por otro lado, tambi\u00e9n debemos considerar que M\u00e9xico, al tener una comunidad cient\u00edfica relativamente peque\u00f1a con relaci\u00f3n al n\u00famero de habitantes, es necesario realizar esfuerzos y tomar medidas eficientes para buscar estrategias que eviten que esos talentos salgan del pa\u00eds por no encontrar en \u00e9l, oportunidades de desarrollo.<\/strong>&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Al respecto, debemos considerar que el fen\u00f3meno conocido como \u00abfuga de cerebros\u00bb es un verdadero problema nacional que merece recibir una atenci\u00f3n integral y de ra\u00edz por parte de las autoridades. Es indispensable que el problema se mire de frente y con honestidad, se examine minuciosamente sus causas y se propongan y ejecuten las medidas necesarias para eliminarlas. Derivado de ello es que los ni\u00f1os con alto coeficiente intelectual no permanecen en el pa\u00eds al encontrar en el extranjero facilidades para desarrollar \u00f3ptimamente sus capacidades sobresalientes.<\/strong>&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Aunque este problema social se da en todo el mundo, lo cierto es que en Latinoam\u00e9rica es sumamente com\u00fan que las nuevas generaciones emigren buscando suerte, al no encontrar apoyo para recibir educaci\u00f3n especial u obtener la certificaci\u00f3n del aprendizaje adquirido.<\/strong>&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Por ello, los ni\u00f1os y j\u00f3venes de M\u00e9xico, hoy m\u00e1s que nunca, merecen recibir apoyo. En estos tiempos son quienes \u00abdan la cara\u00bb en la palestra internacional de las ciencias; son los que a\u00f1o con a\u00f1o son asediados por las universidades m\u00e1s prestigiadas de todo el mundo, porque aqu\u00ed se les relega y margina.<\/p>\n\n\n\n<p>Tenemos que poner un alto a este nefasto fen\u00f3meno social, aportando recursos para crear la infraestructura necesaria con tecnolog\u00eda de punta, por lo que tambi\u00e9n consideramos en nuestra propuesta que la educaci\u00f3n especial para ni\u00f1os sobresalientes debe incluir<strong>&nbsp;capacitaci\u00f3n<\/strong>&nbsp;a los maestros y personal de escuelas de educaci\u00f3n b\u00e1sica regular que integren a alumnos con necesidades especiales de educaci\u00f3n, as\u00ed como el establecimiento de medidas para<strong>&nbsp;la promoci\u00f3n de un diagn\u00f3stico precoz, las herramientas necesarias para potenciar el desarrollo pleno de los ni\u00f1os con talentos especiales y servicios y recursos especializados a aquellos ni\u00f1os y j\u00f3venes que presentan necesidades educativas especiales.<\/strong>&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<div style=\"height:25px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a su consideraci\u00f3n la siguiente:<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN Y REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE EDUCACI\u00d3N<\/strong>&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo \u00danico.- Se reforma el tercer p\u00e1rrafo y se adicionan los p\u00e1rrafos cuarto y quinto al art\u00edculo 41; se reforma el segundo p\u00e1rrafo del art\u00edculo 60; y se reforma el primer p\u00e1rrafo del art\u00edculo 64; todo ello de la Ley General de Educaci\u00f3n, para quedar como sigue:<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Ley General de Educaci\u00f3n<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p><strong>Articulo 41<\/strong>.-&#8230;&#8230;<br><strong>En el caso de aquellos individuos con aptitudes sobresalientes sin importar su edad, la autoridad educativa federal deber\u00e1 aplicar los ex\u00e1menes que considere necesarios para acreditar si los alumnos cuentan con esas aptitudes. Asimismo,&nbsp;la Federaci\u00f3n, las entidades federativas y los municipios, sus organismos descentralizados, las instituciones de educaci\u00f3n superior a las que la ley otorga autonom\u00eda y los particulares con autorizaci\u00f3n o con reconocimiento de validez oficial de estudios,&nbsp;deber\u00e1n otorgar la certificaci\u00f3n y acreditaci\u00f3n de estudios a los individuos que as\u00ed lo soliciten, previa realizaci\u00f3n y aprobaci\u00f3n de los ex\u00e1menes de conocimientos que al efecto se apliquen a los interesados.<\/strong>&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Esta educaci\u00f3n incluye orientaci\u00f3n a los padres o tutores, as\u00ed como tambi\u00e9n&nbsp;<strong>capacitaci\u00f3n<\/strong>&nbsp;a los maestros y personal de escuelas de educaci\u00f3n b\u00e1sica regular que integren a alumnos con necesidades especiales de educaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Asimismo, deber\u00e1 incluir la promoci\u00f3n de un diagn\u00f3stico precoz, las herramientas necesarias para potenciar el desarrollo pleno de los ni\u00f1os con talentos especiales y servicios y recursos especializados a aquellas personas que presentan necesidades educativas especiales.<\/strong>&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 60.-&#8230;<br>Las instituciones del sistema educativo nacional expedir\u00e1n certificados y otorgar\u00e1n constancias, diplomas, t\u00edtulos o grados acad\u00e9micos a las personas que hayan concluido estudios de conformidad con los requisitos establecidos en los planes y programas de estudio correspondientes,&nbsp;<strong>as\u00ed como a los<\/strong>&nbsp;<strong>individuos con aptitudes sobresalientes conforme lo establecido en el art\u00edculo 41 de esta ley<\/strong>. Dichos certificados, constancias, diplomas, t\u00edtulos y grados tendr\u00e1n validez en toda la Rep\u00fablica.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 64.-La Secretar\u00eda, por acuerdo de su titular,&nbsp;<strong>establecer\u00e1<\/strong>&nbsp;procedimientos por medio de los cuales&nbsp;<strong>las instituciones del sistema educativo nacional<\/strong>&nbsp;expidan certificados, constancias, diplomas o t\u00edtulos a quienes acrediten conocimientos terminales que correspondan a cierto nivel educativo o grado escolar, adquiridos en forma autodidacta o a trav\u00e9s de la experiencia laboral,&nbsp;<strong>sin que la edad del solicitante sea un impedimento para ello.<\/strong>&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\"><strong>T R A N S I T O R I O S\u00a0<\/strong><\/h4>\n\n\n\n<p><strong>\u00daNICO.-<\/strong>\u00a0El presente Decreto entrar\u00e1 en vigor el d\u00eda siguiente de su publicaci\u00f3n en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n.\u00a0\u00a0\u00a0<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<div class=\"mh-excerpt\"><p>PRESIDENTEFernando Elizondo Barrag\u00e1n\u00a0PAN Sen. Ludivina Menchaca CastellanosPor el Estado de Quintana Roo CC. SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA C\u00c1MARA DE SENADORES DEL H. CONGRESO DE <a class=\"mh-excerpt-more\" href=\"https:\/\/www.amexpas.net\/articulos\/propuesta-en-el-senado-de-la-republica\/\" title=\"Propuesta en el Senado de la Rep\u00fablica\">[&#8230;]<\/a><\/p>\n<\/div>","protected":false},"author":1,"featured_media":232,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[18],"tags":[],"class_list":["post-231","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-leyes"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.amexpas.net\/articulos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/231","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.amexpas.net\/articulos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.amexpas.net\/articulos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.amexpas.net\/articulos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.amexpas.net\/articulos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=231"}],"version-history":[{"count":5,"href":"https:\/\/www.amexpas.net\/articulos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/231\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":237,"href":"https:\/\/www.amexpas.net\/articulos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/231\/revisions\/237"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.amexpas.net\/articulos\/wp-json\/wp\/v2\/media\/232"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.amexpas.net\/articulos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=231"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.amexpas.net\/articulos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=231"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.amexpas.net\/articulos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=231"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}